Tal y como se expone en el capítulo anterior de Política del Suelo, el modelo de ordenación que se propone para Bergara no es un modelo en absoluto expansionista que califique como suelo residencial para nuevos desarrollos terrenos que el planeamiento general actual clasifica como no urbanizables.

La ordenación del territorio que propone el Plan General, además de dar una respuesta a las exigencias del momento presente y del futuro próximo, debe abrir los cauces para desarrollos a largo plazo, o cuando menos no hipotecarlos. Dentro de esta reflexión, se quiere recordar lo que, al describir el modelo de ordenación elegido en las Normas Subsidiarias vigentes, ya se advertía:

“No hay que pensar tampoco que, con la ejecución de las previsiones contenidas en las presentes Normas, se completa el desarrollo del municipio. Las Normas Subsidiarias se redactan con la intención de dar respuesta a las necesidades de desarrollo de unos cuantos años, pero teniendo muy en cuenta que, con las actuaciones que se propongan, no se hipotequen otras actuaciones a más largo plazo. Por ello, aunque con el desarrollo del primer ensanche se completa la trama urbana del centro del municipio, no se puede olvidar el desarrollo posterior que, se adelanta desde el presente documento, debe consistir en el desarrollo de un segundo ensanche que se extendería a los terrenos ocupados, en la actualidad, por la industria Algodonera San Antonio y el río Deba en la zona de San Antonio. En las presentes Normas no se prevé el desarrollo de este segundo ensanche pero sí se arbitran las medidas para que, en su momento, pueda materializarse”.

El presente Plan General recoge, entre otras propuestas, la ordenación de esta zona del municipio. Siguiendo los criterios expuestos, la solución que se propone, debe permitir e incluso abrir el camino para los desarrollos previsibles en el futuro, y más al considerar que, la estructura actual del municipio, hace prever que este desarrollo residencial se extenderá necesariamente hacia el Sur. Esto condiciona que, cualquier actuación en la zona, debe ir dirigida a posibilitar esta expansión.

Por lo expuesto, el modelo de ordenación urbana que se propone para el suelo residencial debe dar respuesta a los siguientes criterios:

  • a) Además de dar respuesta a las demandas presentes, debe abrir los cauces para las actuaciones a más largo plazo.
  • b) El modelo de ordenación se apoyará en las actuaciones de regeneración urbana de los terrenos provenientes del cierre o traslado de las industrias por su emplazamiento estratégico y por su importante capacidad para recoger la demanda de suelo residencial del municipio.
  • c) El resto de asentamientos residenciales se apoyarán en actuaciones de mejora de la trama urbana del municipio.
  • d) Se minimizará la calificación urbanística de suelo residencial en los terrenos con clasificación de suelo no urbanizable en las Normas Subsidiarias vigentes.
  • e) La utilización del suelo residencial será de tipo intensivo, no ordenando en el municipio desarrollos de baja densidad.
  • f) Se atenderá a las demandas de los barrios con núcleos urbanos consolidados de prever suelos adecuados para absorber las demandas de viviendas de sus habitantes.

En contra de lo señalado en los Puntos d) y e), se presentaron diversos escritos de sugerencias en el periodo de exposición al público del documento previo del Avance, proponiendo la recalificación de suelos clasificados como no urbanizables en las Normas Subsidiarias vigentes para usos residenciales de baja densidad en distintas zonas del municipio. Todos los escritos fueron desestimados porque las zonas a calificar, no se contemplaban en el Plan Territorial Parcial del Alto Deba, y porque quedaban desligadas de las tramas urbanas residenciales.

También se presentaron diversos escritos de sugerencias formulados por colectivos y particulares en los que se proponía la retirada de la previsión del Avance de construcción de la nueva calle que pretendía enlazar la calle Artzamendi con Koldo Eleizalde pasando por Zabalotegi y Madalena plaza. Estas sugerencias no fueron estimadas en su totalidad, solo parcialmente para atender y dar respuesta a algunos de los motivos en los que basaban las sugerencias. El actual Gobierno Municipal ha decidido retirar del nuevo Plan General la propuesta de construcción de la referida calle y los desarrollos urbanísticos ligados a la misma.

En el suelo destinado a actividades económicas, una vez colmatadas las previsiones de las Normas Subsidiarias vigentes, se proponen tres grandes ámbitos: El del nuevo Sector S-2 (Larramendi), con modificación del planeamiento general definitivamente aprobado, al igual que los planeamientos de desarrollo, y con las obras de urbanización en fase de ejecución, el de Kukubaso-Ipiñarri, contemplado en el Plan Territorial Parcial del Alto Deba y que se apoya en el vertedero de tierras utilizado con motivo de la construcción de la nueva Autopista y de la Variante Este de Bergara que se reduce considerablemente respecto de las previsiones del P.T.P., y el de Mekolalde, ligado a las actuaciones de transformación urbana de los antiguos pabellones de Hijos de Arturo Narvaiza, S.A., y a la construcción de la nueva E.D.A.R. o estación depuradora de Bergara.
 

Urbanismo