Plan normativo

En cumplimiento de lo previsto en el art. 132 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los ayuntamientos anualmente han de hacer público un Plan Normativo que contenga la relación de ordenanzas y/o reglamentos que prevé aprobar o modificar sustancialmente el año siguiente.

Normativa en vigor

 

Normativas municipales en fase de elaboración

De acuerdo con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con objeto de facilitar la participación ciudadana en la elaboración de proyectos o anteproyectos de leyes o reglamentos, antes de comenzar la redacción de los mismos se deberá sustanciar una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por dicha normativa.

Esta primera fase se denomina Consulta Pública Previa.

Posteriormente, después de estudiar las aportaciones recibidas, se elaborará una propuesta de normativa que, tras su aprobación inicial por el Pleno Municipal, se someterá a trámite de exposición pública para que las personas o entidades interesadas puedan realizar sugerencias y/o alegaciones.