El Artículo 11 de la Ley de Suelo y Urbanismo establece que procederá la clasificación como suelo urbano, - “los terrenos ya transformados, que estén integrados o sean integrables en la trama urbana existente y asumida por el propio Plan General que realice la clasificación” -, cuando se cumplan las siguientes condiciones:

El CAPITULO 1 del TITULO II de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, en su Artículo 10, determina que, - “Se entiende por clasificación del suelo la vinculación por la ordenación urbanística y estructural de superficies concretas al régimen legal propio de las siguientes clases: urbano, urbanizable y no urbanizable”.

Se destacan como más reseñables, el Vertedero de Epele destinado al depósito controlado de residuos inertes originados por la actividad industrial y la construcción en todo el Alto Deba, y que se corresponden a los residuos tipo Ib, Ic y Iv de la clasificación establecida por el Plan Director para la gestión de Residuos Sólidos en Gipuzkoa, y el Depósito Alternativo de Residuos D.A.R., ubicado en parte de los terrenos antes destinados a escombrera de Altos Hornos, con acceso desde la carretera de Angiozar.
 

6.3.8.1.- Sistema General de abastecimiento de agua:

En la actualidad, el abastecimiento de agua al municipio se realiza, en la práctica totalidad, desde el embalse de Urkulu aunque se siguen manteniendo la mayoría de las captaciones anteriores.

Las bases de cálculo manejadas en la redacción del proyecto de Abastecimiento de Agua a Bergara desde el Embalse de Urkulu fueron las siguientes: 

Se califican como Sistema General de cauces públicos los ríos Deba, Epele, Angiozar, Uhola (Antzuola), Elosua y Ubera, así como el resto de regatas recogidas en el Plan Territorial Sectorial de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, Vertiente Cantábrica.

Los Sistemas Generales de Comunicaciones abarcan dos grandes grupos, la red de carreteras y la red ferroviaria. Bergara ha sido históricamente cruce de caminos por lo que, en la actualidad, también resulta afectada de forma importante por las principales vías de tránsito de la Comunidad Autónoma como son la Autopista Eibar–Gasteiz–Vitoria ya construida y la Autovía Beasain–Durango también construidas en su primera fase, así como por la Red Ferroviaria de Alta Velocidad prevista. 

Continuando con los criterios de las Normas Subsidiarias vigentes de potenciar, dentro de la mejora de la trama urbana, los recorridos peatonales, se destacan como más importantes las siguientes actuaciones: 

Construida la carretera Variante Este de la GI-632 y la Autopista, se ha reducido de forma considerable la circulación de vehículos por el núcleo urbano de Bergara. Se parte por ello de la consideración de que, en las calles del municipio, pueden ser compatibles los vehículos ligeros y las bicicletas, por lo que no se prevén carriles exclusivos para estas últimas.

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