Artículo 144.- Criterios de sostenibilidad ambiental en el planeamiento de desarrollo del Plan General:

Se fijan los siguientes criterios y variables a tener en cuenta en la redacción de los planeamientos de desarrollo del Plan General:

1.- Vegetación y recursos hídricos:

  • Atender prioritariamente a la protección, preservación y restauración del recurso hídrico y del medio. En particular, los planes e instrumentos de ordenación urbanística deberán establecer las medidas adecuadas para su conservación, así como la de su entorno, además de prever las demandas que se generen y los medios técnicos y financieros para garantizar su satisfacción de modo admisible ambientalmente.
  • Velar para que la vegetación sea conservada, especialmente los bosques, los conjuntos vegetales, los setos y la vegetación ribereña.

2.- Contaminación acústica: En los ámbitos señalados con posibles niveles altos de ruido, las urbanizaciones procurarán ordenar los distintos edificios previstos en función de los usos que vayan a tener dichos edificios, de forma que aquellos menos sensibles (industrial, servicios), puedan servir de pantallas acústicas respecto a los más sensibles al ruido (viviendas, equipamiento escolar, equipamiento sanitario).

3.- Contaminación lumínica: Se promoverá la prevención y reducción de la contaminación lumínica, tal y como se señala en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. En el alumbrado exterior del municipio, se atenderá:

  • A promover un uso eficiente del alumbrado exterior, sin menoscabo de la seguridad para los peatones, vehículos y propiedades.
  • A preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, la flora y los ecosistemas en general.
  • A reducir la intrusión lumínica en zonas distintas a las que se pretende iluminar. 

4.- Riesgos naturales. Inundabilidad: Deberá atenderse a los “Criterios de uso del suelo en función de su grado de inundabilidad” elaborados por la Dirección de Aguas del Gobierno Vasco.

5.- Fomento de la movilidad sostenible: Tendente a reconducir el reparto modal de viajeros hacia el transporte no motorizado (a pie y en bicicleta, con vías seguras y atractivas) y el transporte colectivo, en el caso de Bergara, posible tranvía y autobús, con el objetivo que la distancia recorrida por las personas en estos medios de transporte alcancen el 40% del total anual (medido en pasajeros-kilómetro).

6.- Eficiencia energética: Se tendrá en consideración la eficiencia en la captación solar a la hora de definir las orientaciones de las edificaciones de nueva creación, a fin de mejorar su comportamiento energético (mayor temperatura media, menor consumo de calefacción, etc), y optimizar el aprovechamiento de la luz solar (menos consumo de luz artificial).

Las fachadas de los edificios tenderán a tener un tratamiento diferenciado según la orientación: más cerrado y aislado al Norte y más abierto y acristalado al Sur.

Los materiales constructivos a utilizar en las edificaciones tendrán un grado alto de aislamiento térmico, y serán lo más duraderos y poco contaminantes posibles.

7.- Suelo y permeabilidad: En la urbanización de los distintos ámbitos se procurará limitar las áreas pavimentadas no permeables de forma que se tienda a mantener la capacidad de filtrado natural del terreno, sobre todo en los espacios peatonales.

Las zonas pavimentadas y zonas verdes se proyectarán de forma adecuada para facilitar el drenaje natural del terreno.

8.- Elementos de patrimonio arquitectónico y arqueológico: el Plan General recoge un Catálogo exhaustivo de los bienes Arquitectónicos y de los Valores Arqueológicos que es preciso proteger, así como las ordenanzas particulares de aplicación según el nivel de protección.

9. Recogida selectiva de residuos urbanos: Se preverán espacios adecuados para la recogida selectiva de residuos tanto urbanos como industriales.

10.- Restauración ambiental y paisajística: Los proyectos de urbanización incluirán un proyecto de restauración ambiental y paisajística que recoja el análisis de las áreas afectadas y las actuaciones a realizar para conseguir la integración paisajística. 

Artículo 145.- Criterios de sostenibilidad ambiental en la ejecución de las obras:

Se fijan los siguientes criterios y variables a tener en cuenta en la ejecución de las distintas obras en el municipio:

  • Las obras deberán contar con un plan de obra donde se especificarán las fases y la sincronización de las diferentes unidades de obra. 
  • Se limitará la superficie a ocupar tanto por la obra propiamente dicha como por instalaciones temporales. 
  • Se jalonarán las zonas sensibles a no intervenir, incluyendo los cursos fluviales, vegetación arbolada etc., que se encuentren próximas a las actuaciones de obra. 
  • Se gestionarán los residuos generados de acuerdo a la normativa vigente.
  • Se evitará el aporte de sólidos en suspensión a los cursos fluviales. Para ello, coincidiendo con periodos de lluvia se llevará a cabo un control visual del estado de las aguas fluviales inmediatas al área de obras para detectar posibles afecciones. El control visual consistirá en la observación comparativa a simple vista de la calidad de las aguas fluviales aguas arriba y aguas abajo de la actuación. En caso de detectar incrementos en el nivel de contaminación por turbidez y/o presencia de grasas o aceites achacables a los movimientos de tierras de las obras, se colocarán los dispositivos necesarios para evitar dicha alteración (barreras de pacas de paja, barreras de sedimentación etc.). 
  • Se propondrá el riego de plataformas denudadas y de corredores de maquinaria.
  • Se potenciará la reutilización y reciclaje de los materiales utilizados, así como de los residuos generados, incluido el material sobrante de excavación. 
  • El primer destino deseable de los sobrantes será obras próximas con necesidad de préstamos. 
  • El acopio y utilización de la tierra recuperada así como la ubicación del parque de maquinaria e instalaciones provisionales no se realizará en las proximidades de regatas, manantiales o zonas arboladas. 
  • Los acopios de tierra vegetal no superarán los 2 m y se revegetarán con las mismas especies escogidas para la restauración. 
  • Se cumplirán unos horarios de trabajo diurnos, que respeten el descanso y sosiego de los vecinos. Este horario solo se podrán ampliar puntualmente para actividades de obra concretas que no supongan emisiones de ruidos. Así mismo, se deberá garantizar el cumplimiento del Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. En cuanto a las vibraciones, se deberá cumplir los límites establecidos por la norma UNE 22-381-93.
  • Como medida preventiva, se comprobará que toda la maquinaria presente en la obra se encuentra al día en lo que a Inspección Técnica de Vehículos se refiere, verificando el correcto ajuste de motores, silenciadores, etc., de manera que el ruido y las emisiones atmosféricas generadas por la maquinaria sean las menores posibles.
  • A fin de evitar al máximo la dispersión de partículas en suspensión y de polvo atmosférico, y favorecer la limpieza de las vías rodadas, se propondrá el riego de las vías para reducir la emisión de polvo y partículas sedimentables a la atmósfera. Esta medida se realizará con una periodicidad variable en función de las precipitaciones, intensificándose en periodos de lluvias escasas.
  • Si fuera necesario llevar a cabo mantenimiento de la maquinaria, se realizará en áreas impermeables o impermeabilizadas para evitar la contaminación del suelo y de las aguas de escorrentía.
  • Se analizará en cada caso concreto la necesidad de que el planeamiento de desarrollo incluya un Plan de Restauración Ambiental y Paisajística.
  • Al finalizar las obras, se llevará a cabo una campaña de limpieza.

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