Ya se han publicado las bases para el programa Auzo-taxi. Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la utilización de taxi dentro del municipio por parte de personas residentes en barrios rurales que no disponen de servicio regular de transporte público. El plazo de presentación permanecerá abierto hasta agotarse los fondos de la partida y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Podrán presentar solicitud y resultar beneficiarias las personas físicas que en el momento de presentar la solicitud cumplan las condiciones que se detallan a continuación:

  • Estar empadronada en Bergara, en alguno de los barrios que figuran en el anexo I.
  •  Ser mayor de 18 años o, en caso de tener entre 12 y 18 años, contar con autorización de sus padres-madres o tutores/as.
  •  No estar incursas en ninguna de las circunstancias impeditivas contempladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
  • No tener pendiente ningún tipo de deuda con el Ayuntamiento de Bergara y hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y en el pago de impuestos, tasas y precios públicos. Este extremo será verificado por el Ayuntamiento de Bergara de oficio.

Serán subvencionables los viajes que reúnan los siguientes requisitos:

  • Viajes que se realicen dentro del municipio (desde sus viviendas hasta el centro-casco urbano, hasta otro barrio rural o –únicamente en el caso de las personas residentes en Angiozar– hasta Elgeta dentro del horario del ambulatorio de Elgeta; o viceversa).
  • Realizar estos trayectos con taxistas que tengan su licencia de taxi en Bergara y hayan suscrito con el Ayuntamiento de Bergara el convenio para este programa. En este sentido, en la tarjeta identificativa que se entregará en el momento de reconocimiento del derecho a la subvención, figurará el número de teléfono a donde llamar o enviar un whatsapp.
  • Realizar los desplazamientos a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y hasta como máximo el 31 de diciembre de 2023, salvo que con anterioridad se haya agotado la cuantía consignada para estas subvenciones.
  • Viajes realizados desde una vivienda de alguno de los barrios recogidos en el anexo I hasta el centro-casco urbano, hasta otro barrio rural o –únicamente en el caso de las personas residentes en Angiozar– hasta Elgeta dentro del horario del ambulatorio de Elgeta; o viceversa.
  • Realizar los desplazamientos en los días y horarios siguientes (excepto agosto): De lunes a viernes: 7:30 - 20:30. Los sábados: 09:00 - 20:30. No se subvencionarán los viajes realiza dos en domingos y festivos, ni los realizados en el mes de agosto.

Bases

 

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