Podrán participar en el presente concurso todos/as aquellos/as funcionarios/as de la Policía Municipal que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo para la provisión del puesto ofertado, se encuentren en situación de servicio activo, en situación de servicios especiales, en excedencia por cuidado de hijos e hijas y en la excedencia contemplada en el artículo 86 del Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Policía del País Vasco. n todos los casos deben cumplirse, como mínimo, las siguientes condiciones:
1. Ser funcionario/a de carrera y estar en servicio activo en la categoría de Agente Primero o Agente de la Policía Municipal de Bergara, habiendo desempeñado servicios efectivos en dicha categoría durante cuatro años.
El período de tiempo efectivo de servicios prestados se computará conforme al artículo 78.3.b del Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
2. No haber sido sancionada/o por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la nulidad de la sanción impuesta.
3. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones a cumplir, de conformidad con lo establecido por el Decreto 36/2004, de 17 de febrero, de segunda modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco, previos los reconocimientos médicos que se estimen convenientes.
4. Estar en posesión del permiso de conducir de clase B+E o equivalente.
5. Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente.
6. Haber abonado por derechos de examen la tasa de 20,00 euros, contemplada por el Ayuntamiento de Bergara en la Ordenanza Fiscal, para su participación en la convocatoria.