Es objeto de este Reglamento el establecimiento de la normativa común y la regulación del procedimiento de acceso, así como el reglamento de funcionamiento del alojamiento de las personas mayores autónomas en el equipamiento de las viviendas de competencia municipal.

Las viviendas polivalentes son unos equipamientos de la Red Municipal de Servicios Sociales, destinados a hacer efectiva la Prestación Básica de alojamiento y se configuran como recursos específicos dentro del itinerario de atención establecido por estos Servicios para la promoción de la calidad de vida de la población de mayores.