El Ayuntamiento de Bergara, en ejercicio de la potestad que le confiere el artículo 4.4 de la Norma Foral 14/1989 de 5 de Julio del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, fija las cuotas mínimas establecidas en el apartado 1 del citado artículo mediante la aplicación del coeficiente que se expresa en el Anexo.
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