El presente reglamento tiene por objeto regular los vertidos de aguas residuales a la Red de Alcantarillado Público a fin de:

—Proteger dicha red y sus instalaciones complementarias.

—Garantizar la seguridad del personal de explotación y mantenimiento.

—No inhibir o impedir los procesos de depuración biológica de la Planta Depuradora.

—Cumplir los objetivos de calidad de los efluentes y/o para el medio hídrico receptor, fijados por el Órgano Competente.

—Garantizar la no clasificación de los lodos como Residuos Tóxicos Peligrosos.

—Este Reglamento será de aplicación a todas las instalaciones, establecimientos, actividades, industrias o almacenes, públicos o privados, cualquiera que sea su titular, existentes o que en el futuro se establezcan en el término municipal de Bergara.

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