Constituye el objeto de la presente normativa la regulación de las subvenciones que, gestionadas por el Servicio Municipal de Educación y Juventud, están dirigidas a los centros escolares de Bergara. Constituye objeto de la presente normativa la subvención de las actividades siguientes:
1) Actividades realizadas por los centros escolares relativas a educación, euskera, cultura, deporte y de carácter social, siempre que tras presentarlas en el Ayuntamiento éste las considere de interés de cara a la sociedad (vid. Artículo 12).
2) Infraestructuras, bienes muebles e inmuebles o inversiones de naturaleza amortizable, siempre que estén relacionadas con los puntos señalados en el Artículo 12.
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